•  

Los Seguros cibernéticos

Los Seguros cibernéticos

Con el término general de seguros cibernéticos se suele identificar  a las coberturas relacionadas a los riesgos derivados de la era digital y del uso de las tecnologías de la Información  o TI, en el desenvolvimiento de la actividad profesional y económica. Tal vez los riesgos más visibles sean los relacionados el uso de la Internet, aunque no son los únicos.

Artículo periodístico de la Dra. Andrea Signorino Barbat en Diario el Observador (Uruguay)

En este campo, existe en los últimos años una evolución muy interesante en los seguros cibernéticos que está permitiendo la superación de importantes barreras para su comercialización consistentes en los altos costos y las coberturas escasas.

Desde la aparición de estos seguros, los asegurados, y en especial las grandes empresas, se han quejado de los elevados costos y de la desatención de ciertas necesidades de cobertura sobretodo en lo que refiere a las pérdidas intangibles, como ser la interrupción de negocios.

Este punto nos impone una mínima explicación que arroje luz sobre los riesgos que es posible identificar como objeto de seguros cibernéticos y que justifican en cierta manera la evolución antedicha, sobretodo cuando comprendemos que el mercado asegurador ha venido estudiando los riesgos y adaptando sus coberturas y costos,  a medida que su conocimiento fue siendo mayor.

Pensemos que los seguros de responsabilidad civil tradicionales suelen excluir los llamados riesgos cibernéticos. Ahora bien, esto puede resultar útil en ciertos seguros clásicos de responsabilidad civil pero no sirve a los fines comerciales del seguro que lo que busca es ampliar sus coberturas a efectos de satisfacer la necesidades de sus potenciales asegurados, clientes.

Al mercado le interesa comercializar seguros y esto implica buscar soluciones que permitan la cobertura de los riesgos que la demanda de seguros le impone al sector asegurador.

En este contexto, no se discute en la actualidad la aparición de nuevos riesgos asegurables derivados de la era digital y de la utilización de las TI,  en la gestión empresarial y profesional.

La legislación en Derecho de seguros no regula expresamente la cobertura de estos riesgos pero la práctica negocial, sobretodo fuera de Uruguay, viene desde hace tiempo ofreciendo coberturas directamente asociadas al uso de las TI.

Ya sea en el ramo de daños o en el de responsabilidad civil se ofrecen seguros  informáticos y electrónicos a los usuarios de los equipos, personas físicas, empresarios en general y prestadores de servicios de TI de forma creciente.

Las primeras suelen cubrir los daños en los equipos y las segundas se destinan a cubrir los riesgos generados por el uso de los mismos equipos, acorde a la clásica distinción entre lo informático y lo electrónico que viene reconociéndose desde hace más de veinte años.

Conforme a dicha distinción, ciertamente que los riesgos informáticos de los equipos,  hardware,  no son muy diferentes a las coberturas del daño de una maquinaria mecánica o electrónica. Es obvio que no son idénticos pero son seguros similares.

No ocurre lo mismo con los riesgos electrónicos: estos son peculiares de las máquinas informáticas y de su uso, sin que las restantes máquinas los generen.

Esto se debe al hecho físico del doble componente de este singular tipo de máquinas: son equipo pero también datos. Datos que son instrucciones de procesamiento, resultados del procesamiento propio y del procesamiento ajeno, presente y futuro. Equipo que resulta el lugar físico en el que el procesamiento tiene lugar, y en muchos casos también, la conservación de lo procesado.

 Los principales riesgos asegurables surgen precisamente de los datos, su procesamiento y su conservación, a lo cual se le suma el fenómeno de su intercambio masivo e inmediato, en especial a través de la Internet.

Pues bien, todos estos riesgos han dado lugar a los seguros cibernéticos que están hoy sufriendo constantes adaptaciones en sus coberturas y costos, a medida que dichos riesgos se evalúan en mayor medida, característica propia que resulta de los aspectos técnicos-estadísticos del contrato de seguros.

Es así que en Europa y Estados Unidos, ha crecido la oferta de seguros cibernéticos, lo cual demuestra el interés de aseguradoras y reaseguradoras en tomar estos riesgos. Por ejemplo en Francia, la Swiss Re Corporate Solutions ha lanzado recientemente una cobertura para grandes empresas que ha desarrollado en conjunto con IBM, que cubre la interrupción de negocios. Asimismo, la australiana QBE ha introducido en ese país una cobertura de riesgos cibernéticos acompañada por servicios de evaluación de riesgos y de asistencia técnica,  para pequeñas y medianas empresas, lo cual es toda una novedad.

Sin embargo, esta evolución aún presenta un desafío mayor: la percepción del riesgo de parte del potencial asegurado. Aunque parezca increíble, los eventuales compradores aún desconfían de las bondades de los seguros cibernéticos en términos de costo/beneficio, barrera que indudablemente es necesario superar para su desarrollo.

En suma, a nivel global, los riesgos existen, las coberturas evolucionan,  y el comprador aun así, es reticente a contratar el seguro, lo cual nos vuelve a indicar las dificultades que el tan necesario desarrollo de la cultura aseguradora enfrenta,  no sólo en Uruguay, sino a escala mundial.